La eutanasia o ayuda médica a morir, es la prestación sanitaria de la ayuda médica para morir, recogida en la Ley Orgánica 3/2021. La ayuda médica para morir es el término en que la Ley describe la prestación sanitaria de la eutanasia, un nuevo derecho individual por el cual una persona puede solicitar anticipar su muerte, en los casos que recoge la Ley.
El 25 de junio de 2021, será cuando esta Ley entra en vigor, tres meses tras su publicación.
Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia
La solicitud de prestación de ayuda para morir deberá hacerse de manera voluntaria, autónoma y por escrito, en un documento fechado y firmado por el/la paciente, en presencia de un o una profesional de la salud, que también lo firmará e incorporará a la Historia Clínica. El “médico/a responsable” deberá informar adecuadamente y establecer un proceso deliberativo con el o la paciente y responder de forma individual, también por escrito, en un plazo máximo de cinco días.
Tras esta primera solicitud, el/la paciente deberá reiterarla por segunda vez y deliberar nuevamente con su “médico/a responsable” sobre su decisión de continuar o desistir de la solicitud de prestación de ayuda para morir. Entre las dos solicitudes deberán haber pasado, al menos, 15 días.
- ANEXO I. Solicitud de prestación de ayuda para morir
- Anexo II. Segunda solicitud de prestación de ayuda para morir
Velará por la seguridad jurídica, la Comisión de Garantías y Evaluación, órgano de naturaleza administrativa y multidisciplinar, para evaluar la adecuación del proceso.
Según recoge la Ley, los y las profesionales sanitarios directamente implicados/as en la prestación de ayuda para morir podrán ejercer su derecho a la objeción de conciencia. El rechazo o la negativa a realizar la citada prestación por razones de conciencia es una decisión individual del/la profesional sanitario/a directamente implicado/a en su realización, que deberá manifestarse anticipadamente y por escrito.
Todos los aspectos jurídicos-administrativos estarán recogidos en un Decreto, que estará confeccionado en breve.