USO RACIONAL DEL MEDICAMENTO
VENTA DE MEDICAMENTOS POR INTERNET
OTROS PRODUCTOS FARMACÉUTICOS
Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), hacemos un uso racional del medicamento cuando “los pacientes reciben la medicación adecuada a sus necesidades clínicas, en las dosis correspondientes a sus requisitos individuales, durante un período de tiempo adecuado y al menor coste posible para ellos y para la comunidad”.
Consejos Para Hacer Buen Uso De Los Medicamentos
El 1 de julio de 2015 se ha puesto en marcha, en toda Europa, el sistema que permitirá a los ciudadanos comprar medicamentos a través de Internet utilizando el logotipo común europeo, según lo establecido en el Real Decreto 870/2013, de 8 de noviembre, por el que se regula la venta a distancia al público, a través de sitios web de medicamentos de uso humano no sujetos a prescripción médica.
Dentro de los denominados productos farmacéuticos recogidos en la Ley de Garantías y Uso Racional de Medicamentos y Productos Sanitarios, en su texto refundido mediante el Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, además de las garantías concernientes a los medicamentos humanos y veterinario y a los productos sanitarios, se incluyen las garantías sanitarias de los productos cosméticos y de los productos de cuidado personal.
Estos productos se utilizan sobre las partes superficiales del cuerpo humano. Existe, por tanto, un contacto, aunque sea externo, del producto con el organismo, lo que puede dar lugar a interacciones por presencia, cesión o absorción de componentes. Esta es la razón de que se haya elaborado una legislación a la que deben someterse los productos cosméticos y las empresas que los comercializan cuyo objetivo principal es garantizar la ausencia de riesgos para la salud con el uso de estos productos.
La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) y las autoridades sanitarias de las Comunidades Autónomas (CCAA), en permanente coordinación y cooperación, son las autoridades competentes para la vigilancia de la aplicación en España de la reglamentación de cosméticos y de productos de cuidado personal, así como de su control de mercado.
A fin de dar la mayor divulgación posible a las garantías sanitarias que deben tenerlos productos cosméticos y los de cuidado personal distribuidos, ha sido consensuado un Documento Informativo entre la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios y las autoridades Sanitarias de las Comunidades Autónomas, en el marco del Comité Técnico de Inspección farmacéutica: