Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), hacemos un uso racional del medicamento cuando “los pacientes reciben la medicación adecuada a sus necesidades clínicas, en las dosis correspondientes a sus requisitos individuales, durante un período de tiempo adecuado y al menor coste posible para ellos y para la comunidad”.
* Pregunte a su médico, enfermera o farmacéutico sobre su problema de salud y que debe hacer para mejorarlo.
* Pregunte a su médico, enfermera o farmacéutico por los hábitos de vida que le ayudarán a mejorar su salud y póngalos en práctica.
* Informe a su médico, enfermera o farmacéutico si está embarazada o en periodo de lactancia, así como de las alergias a medicamentos que padezca.
* Confíe en su médico, un medicamento no es siempre el tratamiento que Ud. necesita.
* Cuando le receten un medicamento pregunte a su médico si hay estudios de calidad que respalden su recomendación, si realmente esos estudios han analizado su situación clínicaen particular y que probabilidad tiene Ud. de beneficiarse del tratamiento.
* Pregunte a sus profesionales sanitarios por los efectos secundarios e infórmeles si sospecha que ha podido sufrir alguno de ellos.
* Utilice los medicamentos como le ha indicado su médico o farmacéutico.
* En caso de que el tratamiento no le esté dando los resultados esperados consulte con su médico.
* No se automedique sin antes consultar con su médico o farmacéutico si el medicamento es adecuado y necesario para Ud.
* Informe a los profesionales sanitarios al cuidado de su salud de todos los medicamentos que toma, independientemente de quien se los haya prescrito e incluso de aquellos que ha comprado sin receta. Haga una lista de ellos y manténgala actualizada.
* No acumule medicamentos en su casa. Si no toma algún medicamento no se lo lleve de la farmacia. La receta electrónica permite que disponga de él cuando lo necesite.
* No comparta su medicación con la familia o amigos, aunque tengan la misma enfermedad, pueden no necesitar el mismo tratamiento.
El 1 de julio de 2015 se ha puesto en marcha, en toda Europa, el sistema que permitirá a los ciudadanos comprar medicamentos a través de Internet utilizando el logotipo común europeo, según lo establecido en el Real Decreto 870/2013, de 8 de noviembre, por el que se regula la venta a distancia al público, a través de sitios web de medicamentos de uso humano no sujetos a prescripción médica.
Dentro de los denominados productos farmacéuticos recogidos en la Ley de Garantías y Uso Racional de Medicamentos y Productos Sanitarios, en su texto refundido mediante el Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, además de las garantías concernientes a los medicamentos humanos y veterinario y a los productos sanitarios, se incluyen las garantías sanitarias de los productos cosméticos y de los productos de cuidado personal.
Estos productos se utilizan sobre las partes superficiales del cuerpo humano. Existe, por tanto, un contacto, aunque sea externo, del producto con el organismo, lo que puede dar lugar a interacciones por presencia, cesión o absorción de componentes. Esta es la razón de que se haya elaborado una legislación a la que deben someterse los productos cosméticos y las empresas que los comercializan cuyo objetivo principal es garantizar la ausencia de riesgos para la salud con el uso de estos productos.
La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) y las autoridades sanitarias de las Comunidades Autónomas (CCAA), en permanente coordinación y cooperación, son las autoridades competentes para la vigilancia de la aplicación en España de la reglamentación de cosméticos y de productos de cuidado personal, así como de su control de mercado.
A fin de dar la mayor divulgación posible a las garantías sanitarias que deben tenerlos productos cosméticos y los de cuidado personal distribuidos, ha sido consensuado un Documento Informativo entre la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios y las autoridades Sanitarias de las Comunidades Autónomas, en el marco del Comité Técnico de Inspección farmacéutica: