PLAN DE PREVENCIÓN, ACTUACIÓN Y ATENCIÓN A PROFESIONALES DEL SISTEMA SANITARIO PÚBLICO DE EXTREMADURA FRENTE A LAS AGRESIONES

La violencia laboral puede definirse apoyándose en la definición efectuada por la Organización Mundial de la Salud (OMS), como “todos aquellos incidentes en los que la persona es objeto de malos tratos, amenazas o ataques en circunstancias relacionadas con su trabajo, incluyendo el trayecto entre el domicilio particular y el trabajo, con la implicación de que se amenace, explícita o implícitamente, su seguridad, bienestar o salud”. Según la propia OMS, un 25% de todos los incidentes de violencia en el lugar del trabajo se producen en el sector sanitario. La máxima expresión de la violencia laboral la constituye la agresión, en sus diferentes formas, tanto físicas como no físicas. 

Mar 20 de Dic de 2022

En la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Administración Sanitaria entiende que la respuesta a esta problemática ha de ser en cualquier caso multidisciplinar actuando siempre desde diferentes planos o áreas, e intentando conseguir como objetivo que los Centros Sanitarios de la Extremadura, se constituyan en lugares seguros en donde tanto la ciudadanía como los/las profesionales sanitarios, puedan interactuar con plenas garantías.

El presente Plan de Prevención, Actuación y Atención a Profesionales del Sistema Sanitario Público de Extremadura (SSPE) frente a las Agresiones y la presente Guía para Profesionales ante las Agresiones en el Sistema Sanitario Público de Extremadura , se constituyen como el instrumento que surge del reconocimiento del derecho que tienen los y las profesionales de la sanidad a ser protegidos a la vez del deber de protección que debe tener la Administración Pública respecto a su personal. En ellos, se recogen las medidas, acciones y actividades en materia de Prevención que debe implementar el SSPE para con sus profesionales sanitarios con el fin de prevenir la violencia externa, es decir, la ejercida por terceros durante o como consecuencia de sus funciones legalmente atribuidas. Asimismo, se pretende regular un procedimiento de actuación común ante cualquier tipo de agresión, intimidación o manifestación de violencia, así como establecer por parte de la Administración Sanitaria que, una vez producido el acto de agresión al profesional, se garantice a la persona afectada su acompañamiento, asistencia y asesoramiento en todo momento hasta que finalice el proceso.