La transparencia y el acceso a la información deben ser ejes fundamentales de toda acción pública. Sólo cuando la acción de los organismos públicos se somete a escrutinio, cuando la ciudadanía puede conocer cómo se toman las decisiones que les afectan, cómo se manejan los fondos públicos o bajo qué criterios actúan sus instituciones podremos hablar del inicio de un proceso en el que los poderes públicos comienzan a responder a una sociedad que es crítica, exigente y que demanda participación de los poderes públicos.
El Instituto de Consumo de Extremadura (INCOEX) tiene el firme compromiso de cumplir los mandatos establecidos en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, publicando de forma periódica y actualizada la información cuyo conocimiento es relevante para garantizar la transparencia de su actividad relacionada con el funcionamiento y control de la actuación pública.
Este Portal de Transparencia es el espacio en el que se publica toda la información relativa a la actividad administrativa de INCOEX que marcan las normas y nuestros compromisos sobre gobierno abierto, se facilita el ejercicio del derecho de acceso a la información pública por la ciudadanía y se relacionan los procesos abiertos de participación ciudadana.
En definitiva, es una herramienta más al servicio del ciudadano, a través de la que damos cuenta de lo que hace este organismo, desde la convicción de que todo lo público debe ser publicado y desde el compromiso absoluto con el desarrollo completo de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura para lograr una administración cada vez más cercana y accesible.
En este apartado se publica la principal información relacionada con el Instituto de Consumo de Extremadura (en adelante INCOEX) en cuanto a autoridad competente en Extremadura en el ámbito de consumo, así como su funcionamiento y organización interna.
Puede confirmarse que la misión de INCOEX es ejercer las competencias que tiene atribuidas con la finalidad de:
Por otro lado, la actividad de INCOEX se encuentra vinculada a la distribución de competencias existente y el carácter transversal de la legislación que afecta al consumo, pudiendo encontrar normativa de defensa de las personas consumidoras tanto a nivel europeo, como estatal y autonómico, cuyo impulso y control puede exigir responsabilidad compartida con otros organismos de distintos sectores específicos, tales como alimentación, turismo, vivienda, industria,...
Advertir que la eficacia de las medidas de protección a las personas consumidoras no sólo depende del desarrollo de normativa y ejecución de actuaciones que permitan el efectivo reconocimiento y protección de sus derechos e intereses económicos legítimos, sino que depende primordialmente de la disponibilidad de suficientes recursos humanos capacitados y medios materiales, según la evolución y adaptación continua que sufre el ámbito del consumo en la sociedad.
Finalmente, para poder ejercer con responsabilidad y eficacia sus competencias es imprescindible el desarrollo y ejecución de planes estratégicos. Así, una planificación estratégica permitirá concretar en objetivos la misión de INCOEX atendiendo a la realidad interna y externa. Para alcanzar estos objetivos se llevará a cabo una ordenación de los medios y definición de las líneas de actuación estratégica (acciones, recursos humanos y materiales, tiempos,...)..
En la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Política de Privacidad y Seguridad de la Información aprobada por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, de 26 de junio de 2018, define las directrices de la Administración para la prestación de servicios de interés público en un ambiente seguridad y disponibilidad que permita preservar e incrementar la confianza de la ciudadanía en los servicios públicos digitales.
En línea con lo anterior se publica en este apartado el Inventario de actividades de tratamiento del Instituto de Consumo de Extremadura (INCOEX) en aplicación del artículo 31 de la de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD), en el que consta, a su vez, la información establecida en el artículo 30 del Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y su base legal, así como el procedimiento para que los ciudadanos puedan ejercitar los derechos que les asisten en el tratamiento de sus datos personales realizado por la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura a través de este organismo.
Persona titular de la Consejería competente en materia de consumo (actualmente el titular de la Vicepresidencia Segunda y Consejería de Sanidad y Servicios Sociales) y que ejercen sus funciones a través de los Responsables de Privacidad y Seguridad Sectoriales, función que recae en la persona titular de la correspondiente Secretaría General.
Son los máximos responsables de la Protección de Datos en el ámbito de sus Consejerías, determinando los fines y medios del tratamiento, velando por el cumplimiento de los principios relativos al mismo (art. 5 del RGPD), así como los derechos de los interesados (art. 15 y siguientes del RGPD), entre otros.
En el ámbito de la Administración General de la Junta de Extremadura ha sido designado el Jefe de la Unidad de Régimen Jurídico y Relaciones Consultivas de la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Extremadura, siendo así la figura de referencia en materia de Protección de Datos, tanto para el propio personal, como para los Ciudadanos, en su calidad de interesados o la propia Autoridad de Control.
Asume la cooperación e interlocución con la Autoridad de Control (AEPD), para cuestiones relativas al tratamiento y reclamaciones sobre el mismo, así como las tareas de supervisión y asesoramiento para el cumplimiento de la normativa vigente en materia de Protección de Datos.
Puedes contactar con esta figura a través del correo electrónico dpd@juntaex.es, pero recuerda que si lo que quieres es ejercer tus derechos en materia de protección de datos debes hacerlo en esta otra dirección. http://gobiernoabierto.juntaex.es/transparencia/web/ejercicio-de-derechos
Terceros, externos a la Junta de Extremadura, que llevan a cabo actividades de tratamiento de datos personales por cuenta del Responsable de Tratamiento en el marco de la ejecución de un contrato, convenio, encargo, etc.
INCOEX es responsable de diversas actividades de tratamiento de datos de carácter personal, relacionadas con el desempeño de sus competencias.
El registro de actividades de tratamientos de datos de INCOEX cumple con el contenido mínimo exigido por el RGPD y la LOPDGDD:
El siguiente archivo contiene el Registro de Actividades de Tratamiento de INCOEX.
Como ciudadano puedes ejercitar los derechos que te asisten en el tratamiento de tus datos personales realizado por la Junta de Extremadura y con las limitaciones que imponga la legitimación en que se base dicho tratamiento.
A través del siguiente enlace puedes descargar el formulario (PDF) para su cumplimentación electrónica, impresión y firma, cuya presentación en Registro te permitirá el ejercicio de tus derechos:
Asimismo, puedes consultar más información respecto de los derechos que te asisten en materia de protección de datos en la siguiente Guía Informativa.
En la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura la Política de Privacidad y Seguridad de la Información establece el marco de referencia y las directrices para asegurar la integridad, disponibilidad, autenticidad, confidencialidad, trazabilidad y conservación de los datos e informaciones, así como de los servicios prestados, en el ejercicio de sus competencias.
A través del siguiente enlace puedes acceder a la versión publicada y vigente de la Política de Privacidad y Seguridad de la Información aprobada por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, de 26 de junio de 2018.
Finalmente, se ofrece información general sobre la protección de datos.
En este apartado se publica la información de relevancia jurídica en cumplimiento del artículo 7 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
Defender los derechos de las personas consumidoras constituye todo un reto en nuestros días y aún más en el futuro. El mercado actual se caracteriza por una evolución vertiginosa como consecuencia del uso de las nuevas tecnologías; la situación dominante que ocupan las grandes empresas; la enorme diversificación y continua aparición de productos y servicios, y las nuevas formas de comercialización y contratación.
Esta situación exige la existencia de leyes y normas apropiadas y políticas públicas que controlen y garanticen su cumplimiento, que refuercen la defensa de los derechos de las personas consumidoras, adaptándose a los nuevos escenarios en los que se producen las relaciones de consumo, teniendo en cuenta al mismo tiempo las modificaciones y aprobación de nueva legislación así como la jurisprudencia reciente, todo ello unido a la experiencia acumulada a lo largo de estos años.
Por otro lado, de acuerdo con la distribución de competencias existente y el carácter transversal de consumo, encontramos normativa de defensa de las personas consumidoras tanto a nivel europeo, como estatal y autonómico, cuyo impulso y control puede exigir responsabilidad compartida con otros organismos de distintos sectores específicos, tales como alimentación, turismo, vivienda, industria,... Paradigma de esta situación es el control de la cadena alimentaria, incidiendo en el control de los productos alimenticios distintas autoridades en atención a la diferente esfera y alcance de funciones y competencias asumidas, normalmente en la fase primaria intervienen los organismos competentes en materia de agricultura y ganadería, en la fase intermedia los organismos sanitarios, y en la última fase de venta en comercio minorista la autoridades de consumo sobre el control del etiquetado y su información.
A efectos de garantizar un acceso a las principales fuentes de recopilación y ordenación de la normativa de consumo en los distintos niveles, se facilitan enlaces a las webs de:
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Entre los principios de actuación y de funcionamiento del sector público, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP) regula expresamente un su artículo 3 que en los medios utilizados para fines institucionales debe tenerse en cuenta la adecuación de los mismos, la economía y la suficiencia. También que la asignación y utilización de los recursos públicos debe ser de manera eficiente y, finalmente, la necesidad de que exista cooperación, colaboración y coordinación entre las AAPP.
Pues bien, es premisa fundamental advertir que la eficacia de las medidas de protección a las personas consumidoras no sólo depende del desarrollo de normativa y ejecución de actuaciones que permitan el efectivo reconocimiento y protección de sus derechos e intereses económicos legítimos, sino que depende primordialmente de la disponibilidad de suficientes recursos humanos capacitados y medios materiales, según la evolución y adaptación continua que sufre el ámbito del consumo en la sociedad.
Así, en cumplimiento del artículo 8 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, en este apartado se publica la información de INCOEX relativa a: