Convenios de colaboración, encomiendas de gestión y otros acuerdos

INCOEX debe establecer, en el marco de ejercicio de sus respectivas competencias, una adecuada coordinación y colaboración administrativa para asegurar una homogénea protección de los derechos de las personas consumidoras en Extremadura, garantizando la continuidad y la eficacia de esta protección.

También se han puesto de manifiesto los enormes beneficios de impulsar y participar en acuerdos y acciones de coordinación y colaboración administrativa con otros organismos e instituciones públicas, en el marco de sus respectivas competencias, con la finalidad de asegurar una homogénea protección de los derechos de las personas consumidoras en Extremadura, garantizando la continuidad y la eficacia de esta protección.

Por ello es necesario fortalecer esta sistemática de actuación e investigar nuevos ámbitos en los que desarrollar esta colaboración interadministrativa, logrando así no solo optimizar los recursos públicos disponibles sino permitiendo obtener con ello una eficacia del más alto nivel en la ejecución de las políticas públicas de consumo.  

En este apartado se publica la relación de los Convenios y Acuerdos suscritos en vigor, incluyendo información/documentación que hacen referencia a las partes firmantes, su objeto, plazo de duración, modificaciones realizadas, obligados a la realización de las prestaciones y, en su caso, las obligaciones económicas convenidas. Por otro lado, es preciso advertir que, actualmente, no existen encomiendas de gestión formalizadas por INCOEX.

A.   CONSORCIO EXTREMEÑO DE INFORMACIÓN AL CONSUMIDOR

 

En cumplimiento de los artículos 7 y 48.5 de la Ley 6/2019, de 20 de febrero, así como atendiendo a los extraordinarios resultados obtenidos hasta el momento, es preciso seguir potenciando y reforzando la cooperación económica, técnica y administrativa ya existente con las entidades locales mediante la figura del Consorcio Extremeño de Información al Consumidor (en adelante Consorcio).

El Consorcio depende funcionalmente de INCOEX de acuerdo con lo previsto en el artículo 15.1 del Decreto 214/2008, de 24 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto de Consumo de Extremadura, permitiendo, de esta forma, optimizar al máximo los recursos públicos disponibles y garantizar una protección eficaz y gratuita para todas las personas consumidoras extremeñas en el ámbito rural, colectivo de especial protección, conforme a lo previsto en el artículo 5.2 de nuestra Ley 6/2019.

Así, se mantienen los siguientes convenios de colaboración y acuerdos con las Mancomunidades de municipios y resto de entidades locales para garantizar una atención y protección homogénea de las personas consumidoras en Extremadura:

 

  • Convenio de colaboración entre la Junta de Extremadura, las Mancomunidades de municipios y entidades locales del ámbito territorial de Extremadura para la prestación del servicio de atención y defensa de la persona consumidora en Extremadura.
  • Convenio por el que se aprueba la transferencia específica plurianual a favor del Consorcio Extremeño de Información al Consumidor para financiar la prestación de servicios en materia de seguridad de los juguetes y otros artículos infantiles, en el ámbito del instituto de consumo de Extremadura, para los ejercicios 2020 a 2023.

 

Gracias a estos Convenios con la administración local se consolida plenamente en Extremadura una estructura administrativa pública de atención, información, educación y formación a las personas consumidoras. Esta estructura se configura con la existencia de la sede central de INCOEX en Mérida, 2 unidades periféricas de INCOEX en las ciudades de Badajoz y Cáceres, así como 27 Centros Mancomunados de Consumo del Consorcio Extremeño de Consumidores que, en todo caso, tienen la consideración de órganos periféricos que dependen funcionalmente de INCOEX.

De los datos y resultados existentes en las Memorias anuales de actividades, tanto de INCOEX como del Consorcio, publicadas en sus respectivas páginas web, así como de los datos existentes en el sistema de gestión integral de información de este organismo (SIGLO), esta estructura permite:

 

  • cumplir de manera eficaz y eficiente las competencias exclusivas que la administración autonómica ostenta en materia de consumo, según dispone el artículo 9.1.18 de la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, de reforma del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura. 
  • prestar de manera efectiva un servicio público de atención e información a toda la ciudadanía extremeña, de manera totalmente gratuita, y de forma integral, mediante la tramitación completa de consultas, reclamaciones y denuncias realizando actuaciones ágiles de conciliación y negociación con las empresas. 
  • llevar este servicio público a 910.250 habitantes, prácticamente el 100% de la población extremeña susceptible de atención, mejorando la funcionalidad del medio rural y garantizando una prestación de servicios públicos en el territorio con criterios de equidad. 
  • optimizar los recursos públicos y facilitar el acceso de la población extremeña residente en las zonas rurales, como colectivo de protección especial, a los recursos de los que ya dispone la administración autonómica y que desarrolla en materia de consumo, principalmente, garantizando su pleno acceso a los órganos periféricos que dependen funcionalmente de la Administración autonómica. 
  • lograr una eficacia y eficiencia que de otra forma no se alcanzaría, evitando que se provoquen duplicidades de sistemas, criterios de gestión o actuación y atención a la ciudadanía de forma no equitativa, repercutiéndoles costes por la atención prestada o redirigiendo sus consultas y reclamaciones a otros organismos públicos al objeto de obtener una satisfacción eficaz sobre sus pretensiones finales. 
  • lograr que la población rural acceda a una red de oficinas y recursos compartidos de la Administración autonómica y local ya consolidados y ubicados de manera estratégica por la geografía extremeña para remover los obstáculos que genera la distancia y dispersión de las poblaciones, con una amplia experiencia previa conociendo “in situ” sus necesidades y características propias, partícipes de unos mismos criterios de actuación y sujetos a controles y auditorías en su gestión bajo los principios que rigen a las administraciones públicas. 
  • fomentar el consumo racional y saludable a través de actuaciones de formación, información y atención directa a las personas. También sensibilizando y potenciando la participación, educación y formación ciudadana hacia un cambio de actitudes en pro de un consumo responsable, mediante talleres educativos, charlas informativas, difusión de campañas, etc. sobre temas de interés o actualidad en materia de consumo y con base en las necesidades de cada colectivo, formándolas como personas consumidoras críticas, libres y conscientes.

 

También a través de esta estructura consolidada se da cumplimiento a la política de “Cohesión social y territorial. Un medio rural con iguales derechos y oportunidades” de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible firmada por el Gobierno de España, cuyo fin es revitalizar nuestro medio rural y afrontar el reto demográfico (Reto 8), la Junta de Extremadura se ha comprometido a formalizar convenios interadministrativos con las mancomunidades de municipios, en su calidad de entidades locales que ejercerán la cooperación administrativa entre la Administración local y la Comunidades Autónomas de conformidad con los principios de cooperación y colaboración recogidos en el artículo 57 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, en relación con lo dispuesto en los artículos 7, 10 y 44 del mismo texto legal, que permitan garantizar una prestación de servicios públicos en el territorio con criterios de equidad.

Y es que nos encontrarnos ante actuaciones de prevención, protección, promoción y participación en el ámbito de las personas consumidoras, así como el fomento del consumo racional y saludable, actividades o servicios que trascienden más allá del interés propio de las correspondientes Entidades, si bien inciden o condicionan relevantemente los de dichas Administraciones o, incluso, son concurrentes o complementarios de los de éstas.

 

Más información en la web del Consorcio

 

B.   ACUERDOS DE COORDINACIÓN Y COLABORACIÓN CON OTROS ORGANISMOS E INSTITUCIONES

 

Por otro lado INCOEX deberá, en el marco de sus respectivas competencias, establecer una adecuada coordinación y colaboración administrativa para asegurar una homogénea protección de los derechos de las personas consumidoras en Extremadura, garantizando la continuidad y la eficacia de esta protección.

Y es que si bien ya se han puesto de manifiesto los enormes beneficios de impulsar y participar en acuerdos y acciones de coordinación y colaboración administrativa con otros organismos e instituciones públicas, el II Plan Marco de Consumo de Extremadura 2021-28 consagra a través de la línea estratégica de actuación I.2.C la necesidad de mantener y fortalecer esta sistemática de actuación e investigar nuevos ámbitos en los que desarrollar esta colaboración interadministrativa, logrando así no solo optimizar los recursos públicos disponibles sino permitiendo obtener con ello una eficacia del más alto nivel en la ejecución de las políticas públicas de consumo.  

Actualmente se encuentran vigentes los siguientes Acuerdos de colaboración o cooperación con otros organismos e instituciones públicas o privadas, en el marco de sus respectivas competencias, con la finalidad de asegurar una homogénea protección de los derechos de las personas consumidoras en Extremadura, garantizando la continuidad y la eficacia de esta protección:

 

1.- Para la ejecución de campañas de control e investigación: 

 

2.- Para la resolución extrajudicial de conflictos: 

 

3.- Para la información, formación y educación: 

  • Concurso escolar “CONSUMÓPOLIS”. El Concurso Escolar Consumópolis, sobre temas de Consumo, organizado por los organismos competentes en Consumo del Estado y de las Comunidades Autónomas, tiene por objeto sensibilizar a los escolares de la importancia que tiene, para ellos y para las personas de su entorno, sus decisiones como consumidores en la adquisición de bienes y en la utilización de servicios. El Concurso, que se desarrolla en dos fases: una autonómica y otra nacional, está dirigido a alumnos del tercer ciclo de Enseñanza Primaria y de los cuatro cursos de Enseñanza Secundaria Obligatoria.
  • Patrocinio del programa sobre consumo “Sin letra pequeña”, de Canal Extremadura Radio, y de la revista CONSUMIDOREX. Ambos patrocinios tienen como objetivo, conforme art.2.1 Ley 8/2013: a) “promover la difusión y el conocimiento de los valores y principios constitucionales y estatutarios”; h) “comunicar a los ciudadanos programas y actuaciones públicas de relevancia e interés social”; e i) “promover la integración social, la tolerancia, el respeto, el civismo democrático, y la cultura de la paz y el diálogo en el ámbito social, económico y laboral”. En definitiva, propiciar la difusión de todos los temas que tienen que ver con el consumo de los ciudadanos.