DERECHOS DE CONSUMIDORES Y USUARIOS ANTE LA SITUACIÓN PROVOCADA POR EL CORONAVIRUS (COVID-19)

Jue 26 de Mar de 2020

El pasado 11 de marzo de 2020 la Organización Mundial de la Salud declaró pandemia internacional a la situación de emergencia de salud pública provocada por el COVID-19. La rápida propagación, tanto a nivel nacional como internacional, ha motivado la necesidad de reaccionar, de forma rápida,por parte de las Administraciones públicas y de adoptar medidas urgentes y contundentes con el objetivo de amortiguar el impacto de esta crisis sin precedentes.

Esta crisis sanitaria está teniendo un impacto directo en la economía y en la sociedad, en las cadenas productivas y en el día a día de los ciudadanos, así como en los mercados financieros, sujetos a una elevada volatilidad en las últimas semanas.

Ante esta situación de emergencia de salud pública, el Gobierno de España y la Junta de Extremadura vienen adoptando medidas urgentes de respuesta que se añaden a las actuaciones en el ámbito comunitario e internacional. Así, durante las últimas semanas se ha aprobado un amplio paquete de medidas de ámbito económico y social, entre las que se encuentran las destinadas a apoyar a todos los ciudadanos, es decir, a los trabajadores, consumidores, familias y colectivos vulnerables, haciendo especial hincapié en aquellos que más lo necesitan.

A continuación, se exponen los principales derechos que asisten a consumidores y usuarios ante distintas situaciones que pudiesen provocarse como consecuencia del coronavirus (COVID-19):

  1. TRANSPORTE
  2. VIAJES COMBINADOS
  3. CONTRATOS DE COMPRAVENTA DE BIENES Y DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
  4. SEGUROS DE DECESOS, ENFERMEDAD Y DE ASISTENCIA SANITARIA
  5. COMERCIO ELECTRÓNICO
  6. CONTRATACIÓN DE SERVICIOS FUNERARIOS
  7. SUSPENSIÓN DE PLAZOS

Asimismo, se exponen las principales medidas extraordinarias de apoyo para las familias y empresas:

Si es preciso, esta información será periódicamente actualizada.

 

Recomendaciones

Ante la situación provocada por la declaración de pandemia por parte de la Organización Mundial de la Salud (OMS) en relación con el coronavirus (COVID-19) y la declaración de Estado de Alarma por parte del Gobierno de España, desde el Instituto de Consumo se recomienda que se consulte prioritariamente la información oficial que ofrecen, de forma actualizada en todo momento, las distintas Administraciones y Organismos públicos, principalmente, el Ministerio de Sanidad y resto de ministerios competentes para la aplicación del estado de alarma (Ministerio de Defensa, Ministerio de Interior y Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana).

INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA en los siguientes documentos de interés:

  • Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19 (https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2020-4208).
  • Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19 (https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2020-3824)
  • Orden SND/298/2020, de 29 de marzo, por la que se establecen medidas excepcionales en relación con los velatorios y ceremonias fúnebres para limitar la propagación y el contagio por el COVID-19.
  • Orden SND/257/2020, de 19 de marzo, por la que se declara la suspensión de apertura al público de establecimientos de alojamiento turístico, de acuerdo con el artículo 10.6 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
  • Decreto-ley 1/2020, de 18 de marzo, por el que se establecen medidas liberalizadoras de los horarios de apertura de las actividades comerciales habilitadas por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionado por el COVID 19.