REGISTRO GENERAL SANITARIO DE EMPRESAS Y ACTIVIDADES ALIMENTARIAS (RGSEAA)
Conforme al Reglamento (CE) nº 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios, las empresas alimentarias tienen la obligación de estar registradas. Los operadores han de comunicar su actividad y domicilio a la autoridad competente correspondiente.

Tanto la inscripción inicial como las posteriores modificaciones o cancelaciones de los registros se realizarán ante las autoridades competentes de la CCAA:
- en la que radique el establecimiento alimentario y
- en la que radique el domicilio social cuando se trate de una empresa sin instalaciones alimentarias,
En los siguientes enlaces, podrá obtener información práctica y adicional sobre RGSEAA:
- Clasificación de empresas y establecimientos alimentarios en RGSEAA:
- Acceda al buscador de empresas alimentarias:
- Extremadura: información sobre comunicación previa de actividad e inscripción en RGSEAA:
- https://ciudadano.gobex.es/buscador-de-tramites/-/tramite/ficha/1740?p_p_state=pop_up&printmode=true
- Solicitud inscripción en RGSEAA (sede electrónica):
Para saber si una empresa se encuentra bajo el ámbito de aplicación del Reglamento 853/2004 debe visitarse el link: