CERTIFICADOS DE LIBRE VENTA

El certificado de libre venta, es un documento relacionado con la exportación a terceros paises, mediante el que se certifica que el producto a exportar es de comercialización libre en España y conforme a la normativa sanitaria española y de la Unión Europea.

                                             

Vie 3 de Dic de 2021

 

¿Cuál es su finalidad?

El certificado de libre venta puede requerirse por varios motivos y finalidades, entre las que cabe destacar:

- Porque sea obligatorio para la implantación del producto en el mercado de destino.

- Para la gestión de inscripciones en registros de alimentos o marcas en otros países.

- Para certificar a requerimiento de las autoridades sanitarias de destino o importadores de algunos países, que los productos son de libre venta en los países de origen.

- Para la obtención de determinados permiso u homologaciones.

- Otras...

 

Mapa Mundi

 

¿Cuál es el  contenido que debe  incorporar un certificado de libre venta?

No existe un modelo oficial de certificado de libre venta.  No obstante el documento debe reflejar y ajustarse a la situación legal de la empresa, para la actividad y productos que el exportador quiera acreditar:  En este sentido, entre la información más relevante que suele incluir, cabría destacar que:

- La empresa cuenta con licencia de funcionamiento como fabricante

- Está inscrita en el registro de responsables de la comercialización

- Ha comunicado la puesta en el mercado de una relación concreta de productos,

- etc.

 

¿Cuál es el  plazo de presentación?

Durante todo el año

 

¿Dónde se puede realizar el trámite de solicitud de un certificado de libre venta?

Estos certificados son expedidos en la Comunidad Autónoma de Extremadura tanto por la autoridad sanitaria competente (Dirección General de Salud Pública), como por las Cámaras de Comercio de Cáceres y Badajoz.  

 

Procedimiento de solicitud de Certificado de libre Venta a través de la Dirección General de Salud Pública

  • Dirigir solicitud a la Dirección General de Salud Pública. Avda de las Américas,2. 06800-Mérida.
  • Si bien no existe modelo oficial de solicitud, ésta debe incorporar la información necesaria para acreditar el alcance de la certificación que se pretende, resultando fundamental incorporar datos como::
    • Identificación completa del establecimiento: razón social, domicilio,...
    • RGSEAA
    • País de destino,
    • Producto
    • Cualquier otro dato que resulte necesario para acreditar la certificación que se solicita.
  • Dicha solicitud (conforme a la ley 30/1992) debe ser registrada en cualquier centro administrativo o ventanilla única.
  • Para agilizar los trámites de emisión de certificación, una vez registrada, se puede enviar al correo electrónico de la Subdirección de Seguridad Alimentaria: sgsaapf@salud-juntaex.es 
  • Una vez emitido el Certificado, éste le será enviado por correo certificado, No obstante,  si lo desea  y así lo hace constar, pueden recogerlo personalmente en la planta baja de la dirección indicada (Subdirección de Seguridad Alimentaria de la Dirección General de Salud Pública).
  • Si desea que aparezcan marcas, deberá adjuntar documento o justificante de titularidad de las mismas.
  • Si precisa información adicional, puede contactar en el teléfono 924382620.

 

Procedimiento de solicitud de Certificado de libre Venta a través de las Cámara de comercio

Para obtener certificados de libre venta a través de las Cámaras de Comercio de Extremadura, debe contactar con las mismas, a cuyo efecto se facilitan los enlaces a sus páginas webs, teléfonos y direcciones:

- Cámara de Comercio, Industria y Servicio de Badajoz  /  Teléfono: 924 23 46 00  /  Av. de Europa, 4, 06004 Badajoz.

- Cámara de Comercio de Cáceres   Teléfono: 927 62 71 08    Plaza Dr. Durán, 2, 10003 Cáceres.

Información adicional

Lista de normativa

Reglamento (CE) 853/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo de 29 de abril, por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal (DOCE L139 de 30.04.2004).

Reglamento (CE) 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo de 29 de abril, relativo a la higiene de los productos alimenticios. (DOUE L-139 de 30.04.2004)

Real decreto 1487/2009, de 29 de septiemebre, realtivo a complementos alimenticios. (BOE 244, de 09/10/2009).

Real Decreto 191/2011, de 18 de febrero, sobre Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (BOE núm. 57, de 08/03/2011).

Real Decreto 682/2014, de 1 de agosto, por el que se modifica el Real Decreto 191/2011, de 18 de febrero, sobre registro general sanitario de empresas alimentarias y alimentos, y otros cuatro reglamentos sobre esta materia (BOE núm. 208, de 27/08/2014)

Ley 10/2014, de 29 de diciembre, de la Generalitat, de salut de la Comuninat Valenciana(DOCV núm. 7434, de 31/12/2014)

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236 de 02/10/2015).

Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de tasas (DOGV nº 8202 de 30/12/2017).

Reglamento (UE) 2017/625 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2017, relativo a los controles y otras actividades oficiales realizados para garantizar la aplicación de la legislación sobre alimentos y piensos, y de las normas sobre salud y bienestar de los animales, sanidad vegetal y productos fitosanitarios

Real Decreto 1412/2018, de 3 de diciembre, por el que se regula el procedimiento de comunicación de puesta en el mercado de los alimentos para grupos específicos de población (BOE nº 312 de 27.12.2018)

Ubicación

Av. de las Américas, 2, Mérida, Badajoz, España