SE PERMITE LA DONACIÓN A LAS PERSONAS CON VIH

Se publica en el Boletín Oficial del Estado la Orden SND/697/2025, de 30 de junio, por la que se deroga la Orden de 24 de junio de 1987, sobre pruebas de detección anti-VIH, en materia de obtención, extracción, trasplante, injerto o implantación de órganos humanos.

Mar 8 de Jul de 2025
Educación para la Salud

El fuerte impacto de salud pública que supuso la infección por VIH en los años 80 llevó a las autoridades mundiales a implementar medidas para frenar la transmisión, entre ellas, la Orden de 24 de junio de 1987 sobre pruebas de detección anti-VIH, en materia de obtención, extracción, trasplante, injerto o implantación de órganos humanos, que exigía la realización previa de pruebas de detección de marcadores del VIH en toda obtención y trasplante de órganos y prohíbe el trasplante de órganos y otras piezas anatómicas cuando los resultados de dichas pruebas sean positivos. 

El avance en las técnicas de diagnóstico y en el tratamiento del VIH en estas últimas décadas ha llevado a que científicos internacionales se cuestionaran si la infección por el VIH debía continuar siendo una contraindicación para el trasplante y, paulatinamente, diferentes países han ido eliminando esta prohibición. Y ahora es el momento de España.

Desde este momento, las personas con VIH podrán donar sus órganos a personas que tengan esta misma infección y también tendrán la opción de recibir un órgano de donantes vivos o fallecidos con VIH.

Así, esta derogación, además de ayudar al aumento de órganos disponibles para trasplante, supone un gran avance en la eliminación del estigma social que sufren las personas con VIH, y responde a una reivindicación histórica del colectivo con infección por el VIH y de los profesionales que trabajan en el ámbito del VIH para que estas personas puedan ser donantes de órganos para trasplante, si así lo decide

Información adicional

Audio de valoración de Beatriz Domínguez-Gil, Directora General de la Organización Nacional de Trasplantes.