El Instituto de Consumo de Extremadura publica el Plan Anual de Vigilancia del Mercado para el año 2020.

Vie 6 de Mar de 2020

PLAN ANUAL DE VIGILANCIA DEL MERCADO 2020. INSTITUTO DE CONSUMO DE EXTREMADURA

 

El Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura recoge como competencia exclusiva las referidas a Consumo, en concreto, la regulación de las medidas de prevención, protección y defensa de los personas consumidoras y usuarias.

En este ámbito la actividad de la Inspección de Consumo es esencial, pues cumple una finalidad básica, proteger la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los consumidores. Para dar cumplimiento a dicha finalidad, es fundamental la existencia de un Plan en el que se concreten las acciones y metodología a desarrollar para conseguir un efectivo control de mercado.

Entre las novedades introducidas por la Ley 6/2019, de 20 de febrero, del Estatuto de las personas consumidoras de Extremadura, se establece la obligación de la elaboración del Plan anual de vigilancia del mercado (Plan 2020), en el cual se incluirán actuaciones de control e inspección sobre los bienes y servicios que hayan sido puestos a disposición de la persona consumidora. También aquí se concretan las acciones y metodología a desarrollar para conseguir un efectivo control de mercado.

Entre los objetivos generales que persigue cumplir el Plan 2020 destaca el control sobre los siguientes parámetros:

  1. SEGURIDAD: Que los productos y servicios puestos a disposición de los consumidores sean seguros y su uso no presente riesgos para la salud.
  2. INFORMACIÓN GENERAL: Que los productos y servicios incorporen el etiquetado y la información objetiva y suficiente sobre sus características esenciales, y que toda esa información figure en lengua castellana.
  3. PRECIO: Que se ofrezca información del precio total de los bienes o servicios con carácter previo a su adquisición o contratación, de forma clara y fácilmente identificable.
  4. PUBLICIDAD: Que la oferta, información y publicidad de bienes y servicios sea veraz, objetiva y cierta y que no incorpore o silencie datos que puedan inducir a error al consumidor o limitarle sus derechos.
  5. FACTURA: Que se entregue a los consumidores una factura o recibo de los pagos efectuados donde conste, como mínimo, la identidad personal o social y fiscal del proveedor, la cantidad abonada, el concepto por el que se satisface y la fecha.
  6. GARANTÍA: Que todo bien de naturaleza duradera esté garantizado de acuerdo con la normativa legal y se cumplan correctamente con ésta.
  7. CONTRATACIÓN: Que en las condiciones generales de contratación no se incluyan cláusulas abusivas
  8. SERVICIOS DE ATENCIÓN: Que se respete el derecho a presentar reclamaciones por parte de los consumidores mediante hojas oficiales u otros medios y además estén debidamente anunciados.

 

En la elaboración del Plan 2020 se han tenido en cuenta, entre otras circunstancias, los sectores en los que se ha detectado mayor número de incumplimientos en años anteriores, las reclamaciones/denuncias interpuestas por los consumidores, la nueva normativa de aplicación o modificaciones legales que afectan a los consumidores y los sectores que no se han inspeccionado anteriormente de forma específica.

Asimismo, las actuaciones y campañas del Plan 2020 alcanzan los 3 sectores en los que consumo puede ejercer sus competencias, alimentos, productos industriales y servicios.

Desglose de las principales campañas de inspección de consumo que se llevarán a cabo en el año 2020:

 

1.- NACIONALES: en colaboración con el Ministerio y/o el resto de CCAA, incluidas aquellas realizadas en el marco acciones de la UE en las que participe España:

  • Campañas generales sobre determinados sectores o productos, con la finalidad de verificar requisitos mínimos o aspectos generales (etiquetado obligatorio, publicidad,...).
  • Campañas específicas sobre un sector o producto concreto y con unos parámetros de control muy definidos.

 

Campañas ALIMENTOS para el año 2020:

  • Alimentos que declaren en el etiquetado indicaciones vinculadas a la producción ecológica, especial consideración de los alimentos vendidos a granel (Verduras, Hortalizas, Frutas,..Legumbres).
  • Carnes Envasadas de Porcino, Ovino, Caprino y Aves de Corral.
  • Azafrán y Pimentón.
  • Aceite de Oliva.
  • Productos Alimenticios etiquetados ”Sin Gluten”.
  • Bollería Industrial Infantil.
  • Pan Integral.
  • Atún.
  • Productos de Cacao y Chocolate.

 

Campañas PRODUCTOS INDUSTRIALES para el año 2020:

  • Encendedores de llama.
  • Objetos con Metales Preciosos.
  • Productos de Bricolaje y Herramientas.
  • Prendas de Vestir para Bebés hasta 3 años de edad.
  • Juguetes con Proyectiles.
  • Desatacadores de Uso Doméstico.
  • Información en la oferta de televisores por regulación del segundo dividendo digital.

 

Campañas SERVICIOS para el año 2020:

  • Compraventa Vehículos 2º mano.
  • Alquiler de vehículos por Internet.
  • Peluquerías y Servicios de Manicura-Pedicura.
  • Servicios de Asistencia Técnica “No Oficiales” de reparación de aparatos de telefonía móvil.
  • Contratación de las páginas web de Intermediación de Servicios (Reservas Alojamiento, Compras Billetes de Avión…).

 

 

2.- AUTONÓMICAS:

  • Campañas regionales sobre determinados aspectos que afectan a distintos sectores/productos y que se desarrollan durante todo el año, entre otras:

                - Comercio electrónico.

                - Cláusulas abusivas.

                - Control de establecimientos.

                - Marcado de precios.

 - Hipermercados, Grandes almacenes y Grandes superficies especializadas.

                - Comprobación de alertas.

                - Seguridad de los juguetes.

                - Calidad diferenciada de los productos.

 

  • Campañas estacionales, vinculadas a determinados productos/sectores y a los periodos de mayor venta, entre otras:

                 - Disfraces.

                - Seguridad de los productos.

 - Etiquetado, presentación y publicidad sobre productos.

                - Rebajas.

                - Material escolar.

                - etiquetado, presentación y publicidad sobre productos.

 

  • Actuaciones específicas sobre determinados sectores/productos, principalmente, como consecuencia de denuncias presentadas por los consumidores, órdenes de servicio o la participación de INCOEX en actuaciones coordinadas con otros organismos.

                - Telecomunicaciones.

                - Centros de estética.

 - Talleres de Vehículos.

                - Servicios de Reparación de Aparatos de Uso Doméstico (SAT).

                - Comercio Minorista.

                - Bebidas Espirituosas.

 

 

 

 

Más información sobre el Plan 2020 (elaboración, campañas, Anexo normativa aplicable,…) en la página web de INCOEX, en el apartado de publicaciones: https://saludextremadura.ses.es/incoex/detalle-contenido-estructurado/plan-de-inspeccion-de-consumo-2020