Preguntas frecuentes

  • Escríbenos un correo a pintergeneracionales@salud-juntaex.es o pincha en el banner de programas intergeneracionales. Ahí se encuentra toda la información.

  • En el DOE nº 178 se publicó el Decreto 147/2017 de 5 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras.

     

    Apartado Documentos técnicos

    Incluir:

    • convenio con la Fundación la Caixa
    • con Universidades de todo el territorio nacional para el desarrollo de prácticas formativas
    • el programa de actuación conjunto con la Consejería de Educación para el desarrollo de programas intergeneracionales
    • con SES, escuela de cuidados y salud, plan de salud, estrategia de cronicidad, cartelería y folletos divulgativos…

    con la Dirección General de Deportes para la ejecución del “ejercicio te cuida” en nuestros centros.

  • Los destinatarios de los Centros de Mayores son las personas con 60 años y pensionistas de más de 55 años que tengan suscrito un convenio especial o cobren prestación por desempleo hasta su jubilación. También se aceptarán los cónyuges o parejas de hecho.

  • Para inscribirse como socio/a de un Centro de Mayores, además de cumplir los requisitos de edad, los usuarios/as no deben padecer enfermedad infecto-contagiosa, ni trastorno mental susceptible de alterar la normal convivencia del centro.

    El destinatario del servicio tiene que ser una persona autónoma (con plenas facultades físicas y psíquicas).

    Los Centros de Mayores están comarcalizados a través de una localidad cabecera, su acción abarca a otros municipios, y por lo tanto, las personas mayores que residen en localidades más pequeñas pueden acceder a la condición de socio/a del centro de cabecera y beneficiarse de sus servicios.

  • Con independencia de que la persona mayor esté ingresado-a en un centro o si vive en su domicilio, una situación de negligencia, riesgo o desamparo, puede ser denunciada de forma anónima por la ciudadanía.

    Los cauces son:

    • Presentando un escrito registrado y dirigido a la inspección de mayores del SEPAD. Esto requiere aportar datos personales.
    • Personándose en la institución directamente.
    • O llamando al teléfono gratuito de atención al mayor 901 12 14 16/927 09 04 83. Esto permite que pueda identificarse si lo desea o permanecer en el anonimato.
  • El procedimiento está regulado en el Decreto 83/2000 de 4 de abril (DOE  nº 42). Da acceso a disfrutar, gratuitamente, de la cartera de servicios del centro elegido. Los requisitos son:

    • Tener cumplidos 60 años, ser pensionista y tener más de 55 años, o bien ser mayor de 55 años y tener suscrito convenio especial o percibir prestación por desempleo hasta la edad de jubilación.
    • No padecer trastornos de conducta que impidan una convivencia normalizada.
    • No tener una sanción de expulsión definitiva de un centro de estas características.
  • Ponte en contacto con el SEPAD (Sección de Envejecimiento Activo) para su autorización y te informaremos del procedimiento. Puedes solicitar prácticas si te encuentras en alguna de estas categorías:

    • Alumnado procedente de acciones formativas del SEXPE (formación para el empleo)
    • Alumnado de ciclos formativos (formación profesional reglada)
    • Alumnado de grados
    • Alumnado de másteres universitarios (TFM)
    • Investigaciones y tesis doctorales

    Los centros receptores donde podrás realizarlas serán:

    • Centros Residenciales
    • Centros de Mayores
    • Centros de Día
    • Centros Sociosanitarios
    • Centros de Discapacidad
    • Centros Administrativos

    El plazo para la gestión de prácticas está abierto todo el año.

  • Es un proceso gratuito de convalidación de la experiencia para conseguir una cualificación en las categorías de cuidador-a, gerocultor-a o auxiliar de ayuda a domicilio.

    Esta certificación no es equivalente a un título académico ni a un certificado de profesionalidad, pero habilita para poder seguir trabajando en los servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en Extremadura.

  • Cualquier persona que a fecha 31 de diciembre de 2015 haya cumplido los 55 años de edad y pueda acreditar haber trabajado en alguna de las categorías profesionales mencionadas un mínimo de 3 años en los últimos 10, con al menos 2.000 horas de trabajo efectivo.

  • La Consejería de Sanidad y Políticas Sociales publicó una Orden en el DOE nº 163 de 24 de agosto de 2016 que explica el procedimiento, plazos y documentación a presentar.

  • Las personas con 60 años cumplidos y pensionistas de más de 55 años que quieran alcanzar la condición de socio/a del centro para beneficiarse del conjunto de servicios que ofrece deberán dirigirse al mismo centro y contactar con el trabajador/a social o con el director/a. Dichos profesionales cumplimentarán una solicitud con los datos personales del mayor.

    El interesado/a deberá aportar fotocopia del DNI, 2 fotografías tamaño carnet y fotocopia de la tarjeta sanitaria.

  • El ciudadano interesado podrá solicitar el acceso a un Centro de Día, dirigiéndose al Trabajador/a Social del Servicio Social de Base de su localidad.
    En función del perfil de la persona y de la localidad en la que viva, podrá acceder a una tipología u otra de centro de Día.

    Si se ha iniciado el procedimiento de reconocimiento de grado y nivel de dependencia o ya tiene la resolución, la persona, tutor/a, guardador/a de hecho, deberá negociarlo en el PIA (Plan Individual de Atención). A partir de la elección de este recurso, el acceso al mismo sigue el mismo procedimiento de la Ley de Dependencia.

    TIPOLOGIAS

     

    Centros de día para personas mayores con autonomía

    • Centros de Día Municipales.

     

    Centros de Día para personas mayores en situación de dependencia:

    • Unidades de Atención Diurna en Centros Residenciales del SEPAD.
    • Centros de Día del SEPAD.
    • Centros de Día Municipales.
    • Centros de Noche.
  • Si no es una persona en situación de dependencia o aún siéndolo, no está dentro del sistema de atención a la dependencia y cumple con los requisitos de nacionalidad, residencia y edad, deberá dirigirse al trabajador/a social de los Servicios Sociales de Base, de los Equipos de Atención primaria de salud o de lo Centros de Mayores del SEPAD, para que le inicie el trámite. Requisitos:

    • Extremeños o Españoles que hayan residido en la Cominidad  Autónoma de Extremadura, al menos dos años anteriores a la solicitud de ingreso.
    • Mayores de 65 años o Pensionistas mayores de 60 años.
    • Mayores de 50 años cuando concurran circunstancias personales, familiares o sociales que aconsejen el ingreso en un centro.

    Si se ha iniciado el procedimiento de reconocimiento de Grado y Nivel de Dependencia o ya tiene la resolución de grado y nivel, la persona, familiar, tutor/a o guardador/a de hecho, deberá negociarlo en el PIA (Plan individual de Atención). A partir de la elección de este recurso, el acceso al mismo sigue el procedimiento de la Ley de Dependencia.

  • Las solicitudes de acceso a los Centros Residenciales, son valoradas por una comisión que analiza los expedientes, aplica un baremo y, en función de la puntuación obtenida, se le otorga un puesto en la lista de espera. La información sobre el estado de esta lista de espera se puede consultar contactando con la Unidad de Recursos, dispositivos y servicios del SEPAD, Avda de las Américas, nº 4. Mérida.