Accesibilidad en la comunicación.

LEY 27/2007, de 23 de octubre, por la que se reconocen las lenguas de signos españolas y se regulan los medios de apoyo a la comunicación oral de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas.

"Se regula el reconocimiento y el uso de la Lengua de Signos Española en el ámbito público". La presente Ley tiene por objeto reconocer y regular la Lengua de Signos Española como lengua de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas en España que libremente decidan utilizarla, sin perjuicio del reconocimiento de la lengua de signos catalana en su ámbito de uso lingüístico, así como la regulación de los medios de apoyo a la comunicación oral.

 

REAL DECRETO 366/2007, de 16 de marzo, de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad en sus relaciones con la Administración General del Estado.

"Se regularizan las condiciones de Accesibilidad y No discriminación de los ciudadanos en sus relaciones con la Administración General del Estado". El presente real decreto regula las condiciones de accesibilidad y no discriminación que, respecto de las personas con discapacidad, deben presentar las Oficinas de Atención al Ciudadano, impresos y cualquier otro medio que la Administración General del Estado dedica específicamente y en el ámbito de sus competencias a las relaciones con los ciudadanos.

Aunque el Reglamento de desarrollo de la Ley de Accesibilidad en Extremadura no contempla específicamente la accesibilidad en la comunicación, se considera importante hacer referencia al mismo, por entender que las barreras en la comunicación, dificultan de manera decisiva la integración social de las personas con discapacidad así como su libre acceso a los recursos normalizados.

 

SERVICIO DE EMERGENCIAS 112

 

El Servicio de Emergencia 112 de la Junta de Extremadura, con la finalidad, de hacer más accesible este servicio a las personas que presentan dificultades en la comunicación, ha publicado la Guía de Urgencia para personas con discapacidad auditiva. Esta guía dispone de modelos para comunicar cualquier situación de emergencia al 112, lo que se realizará vía FAX al número.- 900.555.112 (La guía se encuentra disponible en la siguiente dirección de internet: http://112.juntaex.es/ ).

 

ACCESIBILIDAD EN PÁGINAS WEB: EL SISTEMA DE INFORMACIÓN ADMINISTRATIVA (S.I.A.) DE LA JUNTA DE EXTREMADURA.

 

LEY 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico. (Artículos 1, 8, 18, 20, 21, 22, 27, D.A. 5ª y 6ª).

Se incorpora en el texto las modificaciones introducidas por la legislación siguiente: 1. Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones. (B.O.E., nº 264, de 4 de noviembre de 2003, págs. 38919 y 38920)

El acceso a las páginas web y a su contenido presentan una serie de problemas para las personas con discapacidades físicas, intelectuales, sensoriales, así como para las personas de edad avanzada, que pueden verse imposibilitados para acceder a la información y a los servicios que se ofrecen a través de los nuevos canales de comunicación.

En junio de 2000, la Cumbre de Feira aprobó el Plan de Acción "e-Europe 2002", con el que se pretendía conseguir que la Sociedad de la Información fuera accesible para todos los ciudadanos de la UE: para ello, se recomendaba prestar especial atención a las personas discapacitadas y luchar para evitar la exclusión en relación con la información.

El Consejo de la Unión Europea, con fecha de 25 de marzo de 2002 y el marco del Plan de Acción e-Europa 2002, adoptó una Resolución sobre accesibilidad de los sitios web públicos y su contenido (D.O.U.E. (10-04-2002/c 86/02), mediante la que, entre otras cosas, invitaba a los Estados miembros a fomentar el cumplimiento de las pautas de accesibilidad, no sólo en los sitios web públicos de carácter nacional, sino también en los locales y regionales.

 

LEY 56/2007, de 28 de diciembre, de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información.

Se dictan medidas de obligado cumplimiento para la eliminación de las barreras en el uso de las Tecnologías de la Información para la Administración Pública y entidades financiadas por la misma. La presente Ley se enmarca en el conjunto de medidas que constituyen el Plan 2006-2010 para el desarrollo de la Sociedad de la Información y de convergencia con Europa y entre Comunidades Autónomas y Ciudades Autónomas, Plan Avanza, aprobado por el Gobierno en noviembre de 2005.

La Consejería de Presidencia, en el ámbito de la declaración del año 2003 como el "Año Europeo de las Personas con Discapacidad", aprovechó esta oportunidad para apoyar decididamente esta propuesta, contribuyendo en la medida de lo posible a incrementar la conciencia general sobre la problemática de la accesibilidad.

El objetivo de la Consejería de Presidencia es conseguir que la web del "Sistema de Información Administrativa (SIA)" sea fácilmente accesible para todos los ciudadanos/as, y en particular para aquellos que tienen alguna discapacidad, así como las personas mayores, un colectivo en constante crecimiento.

Por ello, para suprimir las barreras y evitar la exclusión de dichos colectivos en el acceso a la información de la web del SIA, se ha decidido eliminar los obstáculos existentes empleando técnicas específicas de diseño de sitios web basadas, a su vez, en normas relativas a los contenidos, la estructura y la codificación de dichos sitios, normas que han sido desarrolladas por el Consorcio Internacional World Wide Web (W3C) / Iniciativa de Accesibilidad a la Web (WAI), a través del Programa de investigación en materia de aplicaciones telemáticas de la Comisión, que ha desarrollado una serie de pautas (Pautas de Accesibilidad del Contenido en la Web, WCAG1.0) que se consideran como normas unas normas de referencia mundial en el proceso de diseño de sitios web accesibles.

 

SERVICIO DE INTÉRPRETE DE LENGUA DE SIGNOS

 

La Consejería de Sanidad y Dependencia, de la Junta de Extremadura mantiene convenios de colaboración con la Federación Extremeña de Asociaciones de Personas Sordas y la Federación Extremeña de Deficientes Auditivos, Padres y Amigos del Sordo, con el fin de prestar un servicio de intérprete de lengua de signos para consultas externas y hospitalización, con la finalidad de mejorar la comunicación entre el médico y paciente cuando utilizan distinta lengua.

Información:

Federación Extremeña de Asociaciones de Personas Sordas (F.E.X.A.S.).

C/ Clavellina, nº 5º, 1º CACERES.

Tlfno. y Fax: 927-21.01.20

e-mail: sordosfexas2004@hotmail.com

 

Federación Extremeña de Deficientes Auditivos, Padres y Amigos del Sordo

(F.E.D.A.P.A.S.)

C/ Rambla Santa Eulalia, nº 10º, 2ª MÉRIDA.

Tlfno. y Fax: 924-21.50.63

e-mail: fedapas@wanadoo.es

 

Independientemente de este Servicio prestado por ambas entidades en colaboración con la Consejería de Sanidad y Dependencia, existe otro servicio de intérprete de lengua de signos para cualquier persona con problemas de comunicación que precise de este servicio. Este es prestado por F.E.X.A.S. mediante un convenio con el SEPAD, (Consejería de Sanidad y Dependencia de la de la Junta de Extremadura).