Accesibilidad en las Infraestructuras de acceso a los transportes públicos.

El Decreto 8/2003 de 28 de enero por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Promoción de la Accesibilidad en Extremadura, regula en sus artículos del 45 al 52, la accesibilidad en las infraestructuras de acceso a los transportes públicos, regulando aspectos relativos tanto del acceso a los transportes, como vestíbulos, salas de espera, aseos, servicios e instalaciones.