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El Real Decreto 88/2026, de 11 de febrero, publicado en el BOE el 12/02/2026, aprueba el nuevo Reglamento que regula el suministro, comercialización y agregación de energía eléctrica en España. La norma clave introduce al «agregador independiente» para gestionar la flexibilidad de la demanda y refuerza los derechos del consumidor, entrando en vigor el 12 de febrero de 2026. 

Aspectos Clave del RD 88/2026:

Figura del Agregador Independiente: Permite a los consumidores contratar a terceros para gestionar su flexibilidad (ajuste de consumos) y participar en mercados eléctricos, incluidos los de balance, sin cambiar de comercializadora.

Gestión de Datos (Datahub): Red Eléctrica habilitará un punto de acceso único para que los consumidores compartan su información de suministro de manera segura.

Protección al Consumidor: Se intensifica la protección del consumidor frente a la complejidad del mercado, con mayores obligaciones para las comercializadoras.

Adaptación: Se establece un marco regulatorio actualizado, con plazos para que la CNMC y el operador del sistema definan los mecanismos de compensación y los ficheros de intercambio.

Entrada en vigor y modificaciones: Válido desde el 12 de febrero de 2026, el decreto modifica y deroga normativas anteriores en materia de suministro para adaptarlas al nuevo marco.

  • Video explicativo sobre el Real Decreto 88/2026, de 11 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento general de suministro, comercialización y agregación de energía eléctrica

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