Salud Pública

Seguridad Alimentaria

Se entiende por seguridad alimentaria el acceso material y económico a alimentos suficientes, inocuos y nutritivos para todos los individuos, de manera que puedan ser utilizados adecuadamente para satisfacer sus necesidades nutricionales y llevar una vida sana, sin correr riesgos indebidos de perder dicho acceso.

Esta definición incorpora los conceptos de disponibilidad, acceso, uso y estabilidad en el suministro de alimentos.

Seguridad Alimentaria

Registro de establecimientos

1.- Registro General Sanitario de Establecimientos y Empresas Alimentarias (RGSEEA)

Empresas alimentarias dedicadas a producción, elaboración, transformación y/o envasado, distribución y almacenamiento mayorista, no se incluye la venta al consumidor final.

2.- Comidas Preparadas.

Establecimientos dedicados a la elaboración culinaria de comidas preparadas para la venta o servicio directamente al consumidor final (resultado de la preparación en crudo del cocinado o del precocinado de uno o varios alimentos de origen animal o vegetal con o sin la adición de otras sustancias autorizadas o condimentos).

Podrán presentarse envasadas o no y dispuestas para su consumo, bien directamente o bien tras un calentamiento o tratamiento culinario adicional. Se incluyen establecimientos tales como: bares, cafeterías, restaurantes, comedores de colegios, empresas, residencias de ancianos, catering, etc.

El titular de estos establecimientos debe registrarse y notificar las bajas en el Servicio Oficial Veterinario ubicado en el Centro de Salud correspondiente. Necesitan autorización sanitaria previa al inicio de la actividad.

3.- Comercio Minorista de Carnes.

Establecimientos dedicados a la elaboración, preparación, transformación almacenamiento y comercialización para la venta al consumidor final de carne fresca y derivados cárnicos.

El titular de estos establecimientos debe registrarse y notificar las bajas en el Servicio Oficial Veterinario ubicado en el Centro de Salud correspondiente. Necesitan autorización sanitaria previa al inicio de la actividad.

4.- Comercios Minoristas.

Establecimientos dedicados a la venta de productos alimentarios directamente al consumidor final. En este apartado se incluyen comercios dedicados a la venta de pan, pescados, fruta, envasados, etc.

El titular de estos establecimientos debe registrarse y notificar las bajas en el Servicio Oficial Veterinario ubicado en el Centro de Salud correspondiente. Necesitan autorización sanitaria previa al inicio de la actividad.

Seguridad Alimentaria

Actividades Cinegéticas

Vienen recogidas, entre otros, en el Decreto 230/2005 de 11 de octubre de control sanitario de las especies de caza silvestre. En el mismo se regulan la vigilancia y control sanitario de las piezas de caza silvestre destinadas al consumo humano procedente de actividades cinegéticas celebradas en el territorio de la CCAA de Extremadura al objeto de completar la normativa estatal contenida en el RD 2044/1994 por el que se establecen las condiciones sanitarias y de sanidad animal aplicables al sacrificio de animales de caza silvestre y a la producción y comercialización de sus carnes.

                  Dicho Decreto establece la normativa básica en la Comunidad Autónoma de Extremadura, adaptándose a sus peculiaridades características epidemiológicas, medioambientales, sociales y culturales, que permita intensificar el control sanitario de las carnes obtenidas en las actividades cinegéticas, de modo que se ofrezca al consumidor el máximo nivel de seguridad alimentaria.

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Matanzas domiciliarias

En el periodo comprendido entre el 1 de noviembre y 31 de marzo está permitido en Extremadura realizar sacrificio de cerdos para consumo familiar. La campaña es organizada cada año por los Ayuntamientos y aprobada por la Dirección de Salud de Área.

El reconocimiento de los cerdos se realiza por los Servicios Veterinarios de Salud Pública del Área de Salud o por parte de veterinarios particulares según el deseo del usuario. En cualquiera de los casos el usuario del servicio debe dirigirse al Ayuntamiento para solicitar la autorización correspondiente.

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Control
de Zoonosis

Las zoonosis son enfermedades transmisibles de forma natural entre animales y hombre. La lista de zoonosis es larga y la incidencia de estas enfermedades se va incrementando debido a la globalización y a otros factores.

Dentro de las zoonosis se pueden distinguir dos grupos en función del mecanismo de transmisión

  1. a) Zoonosis no alimentarias:
  • Transmitidas por contacto directo con el animal, por ejemplo:
  • Rabia: por la agresión o mordedura de un animal enfermo-portador
  • Hidatidosis: por relación con perros afectados
  • Psitacosis: por contacto con las aves enfermas.
  • Transmitidas a través de vectores, por ejemplo:
  • Mosquitos: Leishmaniosis a partir de la picadura de Flebotomos
  • Garrapatas: Enfermedad de Lyme.
  •  
  1. b) Zoonosis alimentarias:
  • Transmitidas por consumo de alimentos:
  • Producidas por bacterias como la Salmonelosis, Campylobacteriosis, Listeriosis, yersiniosis, etc.
  • Producidas por parásistos como Triquinosis, Anisakiosis, etc.

A destacar por su auge en los últimos años la Fiebre del Nilo Occidental transmitida por la picadura de mosquitos del Género Culex spp principalmente.

Protocolo Fiebre del Nilo Occidental

Y la Fiebre Q la cual es una zoonosis ocupacional, ya que se transmite de animales a humanos, principalmente los que trabajan con animales (ganaderos, veterinarios, empleados de mataderos, etc).

Protocolo de vigilancia fiebre

Una de las funciones de los Veterinarios de Salud Pública del Área de Salud es la vigilancia y el control de Zoonosis. Sus actuaciones van dirigidas sobre todo a la lucha contra la hidatidosis, brucelosis y rabia, enfermedades para las que se han diseñado protocolos y programas específicos de vigilancia. Además de esto, las funciones de control alimentario que éstos realizan en mataderos, industrias y establecimientos alimentarios son decisivas de cara al control de zoonosis alimentarias, enfermedades parasitarias y toxinfecciones alimentarias.

Seguridad Alimentaria

Trazabilidad

De acuerdo con el Reglamento Europeo 178/2002 todas las empresas o establecimientos alimentarios deben cumplir el requisito de trazabilidad.

La trazabilidad es la posibilidad de encontrar y seguir el rastro de un alimento a través de todas las etapas de la cadena alimentaria (producción, transformación y distribución).

Todos los establecimientos alimentarios deben aplicar un Programa de trazabilidad y este debe ser supervisado por los inspectores de control oficial.

 

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Control oficial de establecimientos e industrias alimentarias

En el Área de Salud de Llerena – Zafra un equipo de 31 Veterinarios de Salud Pública y 9 Farmacéuticos de Salud Pública, distribuidos en las 9 Zonas de Salud, se encargan de la inspección de alimentos y establecimientos alimentarios, auxiliados desde la Dirección de Salud del Área por un dos veterinarios y una farmacéutica.

De este modo se minimizan los riesgos sanitarios derivados del consumo de alimentos y se garantiza la seguridad alimentaria de los consumidores.

1.- PROGRAMAS DE CONTROL OFICIAL.

La inspección sanitaria de los establecimientos alimentarios se estructura en torno a una programación elaborada cada año en función de los riesgos detectados en años anteriores- Estos programas son de dos tipos:

  • – Programas de Control Oficial: establecen los procedimientos de inspección en los distintos sectores, lo que permite una actuación coordinada de los inspectores sanitarios y al mismo tiempo señalan objetivos e indicadores de evaluación.
  • – Programas de Control de Autocontroles: definen los procedimientos mediante los cuales los inspectores auditan la aplicación del Plan de APPCC (Análisis de Peligros y Puntos de Control Críticos y de los Programas Básicos de Higiene puestos en marcha por los titulares de los establecimientos.

2.- PROGRAMAS DE MUESTREO.

  • Anualmente se recogen en el Área de Salud de Llerena – Zafra alrededor de 300 muestras de alimentos, que son analizadas en los Laboratorios de Salud Pública de Badajoz y Cáceres, con el objetivo de verificar que las empresas ponen en el mercado alimentos seguros y que el consumidor está libre de riesgos alimentarios.
  • El muestreo se organiza en torno a una programación que atiende a los riesgos detectados en anteriores campañas de control, a los riesgos emergentes y a sectores de población con especial sensibilidad.
  • La programación va dirigida a los distintos sectores alimentarios y se investigan distintos agentes y sustancias, microorganismos patógenos en comidas preparadas y en otros sectores como la carne o los productos lácteos, control de alérgenos en distintos alimentos, presencia de plaguicidas, nitratos, antibióticos, acrilamida y otras muchas sustancias.

Seguridad Alimentaria

Inspección y control de mataderos

En el Área de Salud de Llerena – Zafra 20 Veterinarios de Salud Pública se encargan del control sanitario, así como de la inspección ante-mortem y post mortem de los animales sacrificados en los 15 mataderos ubicados en esta demarcación:

  • Matadero Ilunion Ibéricos de Azuaga.
  • Matadero Embutidos Hidalgo, Azuaga.
  • Matadero Municipal de Berlanga.
  • Matadero Jamón y Salud de Llerena.
  • Matadero Ibéricos del Culebrín de Monesterio.
  • Matadero Clajesa Ibérica de Monesterio.
  • Matadero Mafresa el Ibérico de Confianza de Fregenal de la Sierra.
  • Matadero Victoriano Domínguez de Higuera la Real.
  • Matadero Cárnicas Higalenses de Higuera la Real.
  • Matadero Pollos Fuentes de Fuentes de León.
  • Matadero Productos del Encinar de Valverde de Burguillos.
  • Matadero Mazafra S.L. de Zafra.
  • Matadero Complejo del Ibérico de Extremadura de Zafra.
  • Matadero Ocio 2013 S.L de Calzadilla de los Barros.
  • Matadero David Caro Villalba de Fuente de Cantos.

Seguridad Alimentaria

Alertas
alimentarias

Se entiende por alimento sujeto a alerta alimentaria aquel que pueda originar un peligro en la salud del consumidor.

Los países miembros de la Unión Europea han creado un sistema de alerta rápida en forma de red, destinado a notificar los riesgos directos o indirectos para la salud humana y que se deriven de alimentos o piensos.

La Comunidad Autónoma de Extremadura está incluida en la Red de Alerta alimentaria SCIRI. La red SCIRI es gestionada por el Ministerio de Sanidad y se encarga de comunicar a las distintas Comunidades Autónomas las alertas alimentarias que surgen tanto a nivel nacional como internacional.

Cuando las autoridades sanitarias detectan en el mercado una partida de producto con un peligro alimentario se emite una alerta alimentaria que es tramitada vía SCIRI para que el producto sea localizado cuanto antes y retirado del mercado.

Los inspectores sanitarios (Veterinarios y Farmacéuticos de Salud Pública) del Área de Salud de Llerena – Zafra se encargan de la búsqueda de los productos implicados en las alertas alimentarias que surgen, evitando de este modo riesgos sanitarios para los consumidores.

En 2023 el Área de Salud de Llerena – Zafra se gestionó y realizó la búsqueda de 35 alertas alimentarias.

Gerencia del área Llerena-Zafra:

Hospital De Llerena:

Hospital de Zafra:

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