Solicitud de Hojas de Reclamaciones

Según el DECRETO 144/2006, de 25 de julio, por el que se regulan las hojas de reclamaciones en materia de consumo, en la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el:

Artículo 1

El presente Decreto tiene por objeto la regulación de las Hojas de Reclamaciones en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, como instrumento para presentar una denuncia, una queja o formular una reclamación en materia de consumo.

Artículo 2

Será de aplicación a todas las personas físicas y jurídicas que comercializan bienes o prestan servicios en Extremadura, que deberán disponer de Hojas de Reclamaciones, salvo que se trate de actividades que tienen normativa específica en materia de denuncia, queja o reclamación. Sin perjuicio de las que pudieran establecerse, quedan excluidas del ámbito de aplicación del presente Decreto, entre otras, la prestación de las siguientes actividades:

  1. La ejercida por profesionales liberales que lleven a término una actividad para cuyo ejercicio sea necesaria la colegiación previa en un Colegio Profesional legalmente reconocido.
  2. La enseñanza reglada
  3. La de servicios públicos competencia de la Administración.
  4. La de los centros, servicios y establecimientos sanitarios públicos y privados.
  5. La relacionada con el suministro de gas y energía eléctrica.
  6. La del servicio de Telecomunicaciones.
  7. La de los servicios financieros.
  8. La de las entidades aseguradoras (según CORRECCIÓN de errores al Decreto 144/2006, de 25 de julio. DOE nº 131, de 9 de noviembre de 2006.)

Artículo 4

Para la obtención de la Hoja de Reclamación, las personas físicas y jurídicas obligadas deberán presentar su solicitud y, además, una copia de la tarjeta emitida por la Agencia Tributaria donde conste el N.I.F. o C.I.F. del solicitante.

Para descargar el modelo de solicitud pincha en el siguiente enlace:

 Instrucciónes para enviar la solicitud de las hojas de reclamación.