Control de Mercado ¿Qué es?

El artículo 51 de la Constitución dispone que los poderes públicos garantizarán la defensa de los consumidores y usuarios mediante procedimientos eficaces, la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos. Teniendo en cuenta el marco anteriormente expuesto, la actividad inspectora en el Instituto de Consumo de Extremadura (INCOEX) se configura como una herramienta fundamental para dar cumplimiento al mandato constitucional impuesto.

La actividad citada se concreta por parte de las Unidades Periféricas de Badajoz y Cáceres del INCOEX en actuaciones de inspección y control sobre todo tipo de productos, bienes y servicios destinados a los consumidores, y tiene como fin comprobar que se adecuan a la legalidad tanto en sus características básicas, como en las derivadas de su presentación, publicidad, precio y otras circunstancias.

Para el desarrollo de la programación de esta actividad inspectora, el Instituto de Consumo de Extremadura establecerá diversos acuerdos y colaboraciones con otros organismos para su consecución, entre otras, se establecerán colaboraciones con la Policía Municipal, velando para que los diversos sectores comerciales cumplan la normativa legal que le es de aplicación.

Para el cumplimiento de las actuaciones de inspección se realizan actividades programadas (plan de inspección) y no programadas (denuncias y reclamaciones), y a través de estos controles, una  vez tramitados e introducidos en la aplicación SIGLO, se obtiene .información relevante para conocer el grado de cumplimiento por parte de los diversos sectores y operadores del mercad. De esta forma se planifica y desarrollan actuaciones posteriores de control de mercado.

 

OBJETIVOS GENERALES

La actuación inspectora cumple una finalidad básica, proteger la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los consumidores. Para dar cumplimiento a dicha finalidad, es fundamental la existencia de un plan en el que se concreten las acciones y metodología a desarrollar para conseguir un efectivo control de mercado.

Por ello, entre los objetivos generales del plan se han incluido los siguientes aspectos:

 

  1. Que los productos y servicios puestos a disposición de los consumidores sean seguros y su uso no presente riesgos para la salud.
  2. Que los productos y servicios incorporen el etiquetado y la información objetiva y suficiente sobre sus características esenciales, y que toda esa información figure en lengua castellana.
  3. Que se ofrezca información al consumidor del precio total de los bienes o servicios con carácter previo a su adquisición o contratación.
  4. Que los comerciantes y empresarios implicados en las relaciones de consumo incrementen el nivel de cumplimiento y respeto de la normativa legal aplicable.
  5. Que la oferta, información y publicidad de bienes y servicios sea veraz, objetiva y cierta y que no incorpore o silencie datos que puedan inducir a error al consumidor o limitarle sus derechos.
  6. Que se entregue a los consumidores una factura o recibo de los pagos efectuados donde conste, como mínimo, la identidad personal o social y fiscal del proveedor, la cantidad abonada, el concepto por el que se satisface y la fecha.
  7. Que todo bien de naturaleza duradera esté garantizado de acuerdo con la normativa legal.
  8. Que se respete el derecho a presentar reclamaciones por parte de los consumidores mediante hojas oficiales y además estén debidamente anunciadas.
  9. Y, en general, que se respeten los derechos que tengan reconocidos los consumidores conforme a lo dispuesto en la normativa legal vigente.

 

Para llevar a término el cumplimiento de estos objetivos se van a realizar:

  • Actuaciones de localización y retirada del mercado de productos peligrosos incluidos en red de alerta.
  • Campañas de inspección programadas.
  • Tomas de muestras de productos.
  • Campañas periódicas.
  • Control Sistemático.
  • Inspecciones no programadas que tienen su origen en denuncias y reclamaciones.
  • Otras que puedan sobrevenir en el curso del año.

 

La inspección de consumo, tiene como competencias específicas, la ordenación de actividades para el control de la calidad comercial de productos alimenticios, industriales y servicios; igualmente, le corresponde, la tramitación y resolución de las redes de alerta de productos industriales, la coordinación de las actuaciones con cualquier otra inspección en temas que afecten a los intereses de los consumidores y usuarios, la tramitación de reclamaciones, el asesoramiento a empresarios y comerciantes, la tramitación y propuesta de resolución, en su caso, de expedientes sancionadores, la elaboración de informes y la difusión de la normativa, todo ello en materia de Consumo.