Asociaciones de Consumidores en Extremadura

¿Qué son las Asociaciones de Consumidores?

La vía asociativa es un cauce esencial de participación ciudadana en la defensa de los legítimos intereses de los consumidores y usuarios.

Los consumidores y usuarios tienen derecho a recibir una veraz, completa, objetiva y eficaz información sobre las características esenciales de los productos, bienes y servicios puestos a su disposición en el mercado.

La Constitución Española, en su artículo 51, establece que los poderes públicos garantizarán la defensa de los consumidores y usuarios, protegiendo mediante procedimientos eficaces, su seguridad, su salud y legítimos intereses económicos.

El fomento de las Asociaciones de Consumidores y Usuarios se enmarca en la política preconizada desde la Unión Europea, como interlocutores sociales que contribuyan a reforzar la posición activa de los consumidores en el mercado.

Con la finalidad de facilitar a los consumidores la información y el asesoramiento preciso para el adecuado ejercicio de los derechos que la Ley les reconoce y en general, atender, a la defensa y protección de sus legítimos intereses. La Junta de Extremadura, mediante la Ley 6/2001, de 24 de mayo, del Estatuto de los Consumidores de Extremadura, regula en el Capitulo III de su Título I, el Derecho a la Información y Educación en concreto en su artículo 13 y artículo 17 del Capítulo IV, ha fomentado la creación de oficinas y servicios de información al consumidor, dependientes de Asociaciones de Consumidores.

Estas Asociaciones de Consumidores y Usuarios fueron creándose gracias a los programas de potenciación de los movimientos asociativos, siendo necesario la instauración de un censo o registro de las mismas en nuestra región, mediante la Orden de 29 de marzo de 1988, por la que se crea el Censo de organizaciones y usuarios en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.