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CUESTIONARIO DE ACCIONES PARA LA RECUPERACIÓN Y EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS HUMANOS EN LOS INGRESOS INVOLUNTARIOS EN UNIDADES DE SALUD MENTAL
(Esta pregunta es obligatoria)
Conteste SI o NO
¿Proporciono información accesible y adecuada a la persona que ingresa con un internamiento involuntario?
¿Realizo una atención en Salud Mental que facilita el respeto a la dignidad y el valor como persona?
¿Considero que el internamiento involuntario debería ser excepcional y producirse solo en circunstancias muy específicas?
¿Conozco que no se requiere autorización judicial inmediata, si por razones de urgencia médica se precisa la adopción de esta medida?
¿Comunico a la directora/or del centro el internamiento involuntario para que informe al juzgado en el plazo de veinticuatro horas?
¿Conozco la obligación de informar periódicamente a la autoridad judicial sobre la necesidad de mantener la medida de internamiento involuntario de la persona ingresada en la Unidad?
¿Emito informes periódicos cada seis meses al Juzgado y en menor tiempo si atendida la naturaleza del trastorno que motivó el internamiento involuntario, señalan un plazo inferior?
¿Proporciono información accesible y adecuada a los familiares de la persona que ingresa con un internamiento involuntario?
¿Cuándo considero que no es necesario mantener el internamiento involuntario, doy el alta a la persona ingresada y lo comunico inmediatamente a la autoridad competente?
¿He informado, notificado y motivado el internamiento involuntario mediante auto y que es recurrible en apelación ante la Audiencia Provincial en el plazo de 20 días hábiles a la persona ingresada o a su representante?